Dolores Utrilla es Profesora Titular de Derecho Administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha. Desde febrero de 2022 se encuentra en situación de servicios especiales por haber sido nombrada Letrada del Tribunal Constitucional en régimen de adscripción temporal
Dolores es Licenciada en Derecho (2008), Máster en Derecho de la Unión Europea (2010) y Doctora en Derecho (2014) por la Universidad de Castilla-La Mancha, así como Intensive International Master of Laws (I.I.LL.MM.) en Derecho Público Europeo por la European Academy of Public Law (2009). Ha sido investigadora invitada en las Universidades de Hamburgo (2010-2011), Georgetown (2016) y Luxemburgo (2017).
Su tesis doctoral recibió el Premio Extraordinario de Doctorado de la Universidad de Castilla-La Mancha (2015) y el Prize of Honour en el Thesis Prize de la European Public Law Organization (2015). Con posterioridad ha sido galardonada con el Premio de Investigación e Innovación Joven de Castilla-La Mancha en la modalidad de Ciencias Sociales y jurídicas (2022).
Ha desarrollado una intensa actividad de investigación centrada en varios segmentos centrales del Derecho público (constitucional y administrativo) español, europeo y comparado. Sus líneas de investigación principales abarcan: (i) los mecanismos de intervención pública en la economía (reconocimiento mutuo, libertades de circulación, adjudicación de derechos limitados en número); (ii) las formas y estructuras de la actuación administrativa (régimen jurídico de los actos administrativos, del soft law y de la relación jurídico-administrativa); (iii) el régimen de indemnizaciones frente al poder público (expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial); (iv) las políticas y las técnicas de actuación administrativa propias del Estado social (régimen de los principios rectores de la política social y económica, intervención administrativa en la vivienda, etc.); (v) el funcionamiento de los sistemas políticos y administrativos descentralizados (subsidiariedad, reparto competencial y técnicas de control de los entes descentralizados); y (vi) la influencia del Derecho europeo (UE y CEDH) sobre el Derecho interno.
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