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SOLICITUD A LA COMISION ACADÉMICA DE ADMISIÓN A TRÁMITE DE DEFENSA DE LA TESIS
Notificada al doctorando la emisión de los informes de valoración previa, y siendo estos favorables, le corresponde solicitar a su comisión académica autorización para la admisión a trámite de defensa de la tesis, con la conformidad de su/s directores.
Tanto la solicitud del doctorando como la posterior conformidad del director y autorización de la comisión académica se llevará a cabo en la herramienta de gestión de depósito de la tesis disponible en el siguiente enlace:
para lo que los distintos intervinientes podrán ayudarse con la guía disponible en este enlace.
Las etapas de este punto del procedimiento son las siguientes:
1. Incorporación por el estudiante de la documentación anexa a la solicitud que corresponda según la modalidad de la tesis y la/s mención/es al título de doctor a las que opte:
- En todo caso:
- CV de doctorando, según los modelos habituales
- Documento de actividades, que se extrae en RAPI en el apartado ACTIVIDADES (asegurándonos que en curso académico se muestran todos, para que se descargue completo)
- PDF obtenido en TESEO con la información introducida por el estudiante de la forma detallada en el punto 6 del procedimiento
- Justificante de abono de las tasas académicas por defensa de la tesis (la carta de pago se obtiene en la oficina UGAC del campus).
- Licencia de cesión de derechos para la obligada publicación en abierto de la tesis.
- Si la tesis es en formato de compendio de publicaciones, el anexo de solicitud y los subsanexos de cada publicación con la renuncia del resto de coautores para el uso de la publicación para este mismo fin.
- Si la tesis opta a alguna mención en el título de doctor, la documentación que corresponda:
- Doctorado internacional: (ver más abajo)
- Doctorado industrial: (ver más abajo)
- Tesis en régimen de cotutela con una universidad extranjera: (ver más abajo).
Al finalizar la subida de documentación, el estudiante podrá solicitar el depósito de la tesis.
2. Aceptación por el director/a de la solicitud, previa revisión de la misma.
3. Autorización de la comisión académica a la admisión a trámite de defensa de la tesis, por parte del coordinador.
Hecha esta última autorización, la solicitud llega a la EID, donde será revisada junto con el expediente del doctorando/a. Tras las subsanaciones que puedan ser necesarias se iniciará del periodo de exposición pública de la tesis (depósito).
De forma simultánea a la solicitud de admisión a trámite de la defensa de tesis es necesario hacer llegar a la Secretaría General de la Universidad (ubicada en el Rectorado en el campus de Ciudad Real):
- Un ejemplar en papel de la tesis
- Una copia en PDF grabada en un CD, DVD o pendrive.
- El original de la licencia de cesión de derechos de publicación en abierto.
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IMPORTANTE:
Tanto el doctorando como su director de tesis deben asegurarse de que disponen de los permisos necesarios para la inclusión en la tesis de contenidos susceptibles de ser protegidos por el derecho de propiedad intelectual. |
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PROPUESTA DE TRIBUNAL
Tras autorizar la admisión a trámite de defensa de la tesis, el coordinador/a de la comisión académica remitirá a la EID una propuesta del tribunal que ha de juzgar la tesis doctoral según el impreso que se enlaza a continuación.
Dicha propuesta estará configurada por seis personas expertas en la materia de la tesis (tres titulares y tres suplentes) con la experiencia investigadora requerida y será acompañada de los correspondientes impresos para la acreditación de dicha experiencia.
En caso de optar a la Mención de Doctorado Internacional se atenderá a los requisitos expresados en ese apartado de esta misma página sobre la configuración de la propuesta de tribunal.
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ASPECTOS A TENER EN CUENTA A LA HORA DE CONFIGURAR LA PROPUESTA
De acuerdo con el Reglamento de Estudios de Doctorado de la UCLM en lo que a la composición del tribunal y experiencia investigadora se refiere:
- El tribunal que juzgue la tesis sólo podrá contar, como máximo, con un miembro de la UCLM. Así, para poder ejercer las suplencias previstas, si en el tribunal titular figura un miembro de la UCLM, otro doctor de la UCLM solo podrá figurar para cubrir su posible ausencia.
- Todos los miembros del tribunal tendrán actividad investigadora acreditada con la posesión de, al menos, un sexenio de investigación o una actividad investigadora equivalente, según el caso. El Presidente y su suplente deberán contar, al menos, con dos sexenios o equivalente. Cualquier doctor en disposición legal de solicitar sexenios no podrá acreditarlos con méritos equivalentes.
- No podrán formar parte de tribunales de evaluación de tesis doctorales aquel profesorado en el que concurra causa de abstención tanto respecto del estudiante como la persona tutora o directora de la tesis doctoral (según el art. 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de Sector Público, como es el parentesco de consanguineidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, tanto con doctorando como con director/es)
- Los directores y el tutor de la tesis no pueden formar parte del tribunal (2).
- Los evaluadores previos sí pueden formar parte del tribunal.
- El responsable de la estancia para la mención de doctorado internacional no podrá formar parte del tribunal.
(2) Salvo en el caso de tesis en cotutela internacional, siempre que esté previsto en el convenio de cotutela correspondiente
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PARIDAD DE GÉNERO EN LOS TRIBUNALES DE TESIS DOCTORAL
Los arts. 25 y 26 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres exigen, en el ámbito de la educación superior, adoptar las medidas que garanticen la representación equilibrada en los órganos consultivos, científicos y de decisión existentes en el organigrama artístico, cultural y científico.
En el mismo sentido, el Programa de Igualdad de la UCLM 2020-2024 y, en particular, en su eje 4, medida 53, propone entre las acciones en materia de investigación “Favorecer la presencia de mujeres en los órganos y comisiones en materia de investigación, impulsando la introducción de la perspectiva de género en todas las ramas científicas”.
Sobre la base de todo ello, se debe cumplir la paridad en los tribunales que han de juzgar las tesis doctorales con la presencia mínima de un miembro de cada género en el tribunal que se constituya. En caso de que algún tribunal propuesto no lo cumpla deberá presentarse un informe justificativo en el que se expliquen las razones de dicho incumplimiento.
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MENCIÓN DOCTORADO INTERNACIONAL
Los estudiantes que deseen obtener la Mención de Doctorado Internacional en su título de doctor, deberán haber incorporado a su solicitud de admisión a trámite de defensa los siguientes documentos:
- Solicitud de certificación de la Mención Doctorado Internacional según el modelo que se enlaza a continuación, en la cual se especificará el idioma elegido para la defensa de la tesis, así como el resto de los requisitos.
- Certificado expedido por el centro extranjero donde haya realizado la estancia, con indicación de la fecha de inicio y fin de la misma, su finalidad (realizar trabajos de investigación o cursar estudios), lugar de la estancia (laboratorio, departamento, centro y/o institución) e identificación y firma del responsable de la misma. Este investigador no podrá ser evaluador previo ni formar parte de la propuesta de tribunal para juzgar la tesis.
No existe modelo para este documento, siendo válida una copia de cualquier documento utilizado para otro fin (como justificar una ayuda) que contenga, al menos, los datos señalados.
IMPORTANTE: en el caso de que el periodo de estancia se corresponda exactamente con los mínimos establecidos legalmente (de tres meses para una única estancia o de un mes para varias), estos deberán aparecer en el certificado indicados de fecha a fecha (ejemplo: del 15 de marzo al 15 de junio, del 1 de julio al 1 de octubre).
- La autorización de su comisión académica para la realización de la estancia, si no hubiera sido remitida a la EID con carácter previo a la misma, según el impreso disponible en el procedimiento. Se recuerda que es preceptivo pedir autorización previa a la comisión y muy recomendable enviarla a la EID una vez que se dispone de ella, para su archivo.
En las tesis que optan a esta mención, el informe de valoración previa de la tesis doctoral al que se refiere el apartado 2º debe ser emitido por sendos doctores pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación extranjero, distintos de los responsables de la/s estancia/s justificadas para optar a la mención.
En cuanto a la/s lenguas de redacción y presentación de las tesis doctorales que optan a esta mención, al menos el resumen y las conclusiones, deben hacerse en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta de las oficiales o cooficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando TODO lo relacionado con la mención (estancias, informes y expertos/as) procedan de un país de habla hispana. Por otro lado, cumpliendo con la norma general, sea cual sea el idioma en el que se haya desarrollado la tesis, esos dos mismos apartados mínimos deben proporcionarse además en castellano.
En los tribunales de evaluación de la tesis doctoral tendrá que formar parte, al menos, un doctor/a perteneciente a una universidad o centro de investigación no español, distinto del responsable de la/s estancia/s realizada/s fuera de España. Debe preverse la suplencia de esta persona por otra que cumpla esta misma condición.
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MENCIÓN DOCTORADO INDUSTRIAL
Los doctorandos que opten a la Mención de Doctorado Industrial en su título de doctor deberán aportar también la siguiente documentación al solicitar el depósito de la tesis:
- Solicitud de acreditación de la Mención de Doctorado Industrial en el impreso oficial (modelo disponible más abajo).
- Copia del contrato laboral o mercantil mantenido con la empresa contratante o con una Administración pública, o vida laboral del doctorando, donde se pueda constatar su vinculación con la empresa durante un periodo mínimo de seis meses (un año, en las tesis iniciadas desde el curso 2023-24), que deberán estar comprendidos en el periodo de tiempo entre la primera matrícula del doctorando y la admisión a trámite de la tesis doctoral.
- Memoria o informe que describa las actividades realizadas en el proyecto de investigación o desarrollo experimental en el que ha participado el doctorando que acredite la relación directa con la tesis realizada. Este documento deberá ir firmado por el doctorando, el responsable designado por la empresa (o administración pública), el tutor de la tesis, el/los director/codirectores de tesis, y el coordinador de la comisión académica del programa de doctorado.
Asimismo, la EID comprobará que obra en su poder el convenio específico con la entidad colaboradora en la que el doctorando/a haya desarrollado su tesis (obligatorio para tesis que se inicien desde el curso 2023-2024).
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TESIS EN RÉGIMEN DE COTUTELA CON UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA
En las tesis doctorales realizadas en régimen de cotutela con universidades extranjeras se estará a lo dispuesto en el correspondiente convenio respecto a la defensa de la tesis firmado en su momento.
En las tesis defendidas en la UCLM le será de aplicación el presente procedimiento en su totalidad.
En las tesis que, según el citado convenio, vayan a ser defendidas en la universidad extranjera en la UCLM se llevarán a cabo todos los pasos señalados en este procedimiento para el depósito de la tesis, salvo lo referido a la propuesta de tribunal.
En todo caso, deberá aportarse adicionalmente la siguiente documentación:
- el/los certificado/s firmado/s por su/s directores de tesis (en la UCLM y en la universidad extranjera) detallando los periodos de estancia en cada institución (con fecha de inicio y fin de cada uno de ellos), para acreditar el cumplimiento del requisito de estancia mínima de seis meses en cada institución desde la primera matrícula en el doctorado en la UCLM.
Respecto al justificante de los derechos de examen, se deberá realizar el trámite ante la UGAC para su obtención, advirtiéndoles de la cotutela para ser eximido del pago de la tasa correspondiente.
Cuando el acto de defensa se lleve a cabo en la universidad extranjera, se atenderá para ello a la requerido en esa institución y tras su celebración deberá remitirse a la EID-UCLM en su momento:
- una copia del acta original de la universidad extranjera
- un certificado del acto de lectura, utilizando el modelo enlazado a continuación, que deberá ser cumplimentado y firmado por el tribunal que firme aquella, con indicación de la calificación equivalente en el sistema establecido en la legislación española.
- adicionalmente, en caso de que se opte a la Mención Cum Laude, a la Mención Doctorado Internacional, a la Mención Doctorado Industrial o, en su momento, al Premio Extraordinario de Doctorado, se deberá seguir las indicaciones señaladas en el punto 5 de este procedimiento sobre estas cuestiones.
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TESIS POR COMPENDIO DE PUBLICACIONES
Quienes opten por la realización de la tesis doctoral en el formato de compendio de publicaciones deberán acompañar a su solicitud de admisión a trámite de defensa el anexo de solicitud de autorización de presentación de la tesis en este formato, junto con los subanexos de renuncia del resto de autores de cada publicación a su uso para el mismo fin.
Deberá atenerse a las bases generales para este formato aprobada por el Consejo de Dirección de esta Escuela en su reunión del 7 de junio de 2016 (disponible en el apartado de trámites comunes de esta web) y a las particularidades de cada Programa de Doctorado que están publicadas en el apartado “Procedimientos específicos del programa” de su página web particular. La página de cada Programa está accesible desde el apartado de "Oferta de programas de esta web.
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