CENTRO DE TOLEDO
HOSPITAL LABORAL SOLIMAT
CALLE SAN PEDRO EL VERDE 35. 45004 - TOLEDO
Tlf. 925215267
CENTRO DE TALAVERA DE LA REINA
SOLIMAT
CARRETERA DE CALERA S/N. 45600 – TALAVERA DE LA REINA
Tlf. 925721150
CENTRO DE CIUDAD REAL
CENTRO ASISTENCIAL FREMAP
CALLE PALMA 19. 13001 - CIUDAD REAL
Tlf. 926224450
CENTRO CONCERTADO DE ALMADÉN (sólo horario de tardes)
CENTRO MÉDICO SAUCO
CALLE GENERAL ESPARTEROS 39. 13400 -ALMADÉN
Tlf. 679477554
CENTRO DE CUENCA
CENTRO ASISTENCIAL FREMAP
CALLE NOHEDA 1. 16001 - CUENCA
Tlf. 969240680
CENTRO DE ALBACETE
CENTRO ASISTENCIAL FREMAP
CALLE DOCTOR BELTRÁN MATEOS 10. 02002 - ALBACETE
Tlf. 967590310
ASISTENCIA SANITARIA
En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la asistencia sanitaria dependerá de la gravedad del accidentado o enfermo, cuyo estado condicionará las actuaciones a poner en marcha en cada caso:
• Si la gravedad del accidente de trabajo o la enfermedad profesional lo permitiera, el empleado accidentado deberá recurrir al botiquín más próximo si se trata de una cura básica.
• Cuando la gravedad del accidente de trabajo o la enfermedad profesional lo requiera, el empleado accidentado deberá acudir al centro hospitalario que corresponda en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE, para ser convenientemente atendido por la entidad o el establecimiento público o privado a través del cual haya de recibir asistencia sanitaria.
• Con independencia de todo lo expuesto, cuando la gravedad del accidente hiciera necesario el traslado urgente del afectado, podrá recurrirse al centro hospitalario más cercano, avisando inmediatamente a los Servicios de Emergencia de CLM (112).
TRAMITACIÓN
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA UCLM
En el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE, deberá remitirse a la UGAD del campus correspondiente la documentación que corresponda, en función de las consecuencias del accidente y la evolución del accidentado:
• Parte médico de baja.
• Partes sucesivos de confirmación de la baja médica, según el médico los vaya proporcionando.
• Parte médico de alta, cuando el accidentado cuente con él.
Para todo ello existe un apartado dentro del Servicio CAU, dentro de CAU, Nuevo Caso, Servicios de RRHH, Gestión de Recursos Humanos, MUFACE: Comunicación de accidentes de trabajo y partes de IT.
ACTUACIÓN DE LA UCLM
UGAD
En caso de accidente de trabajo se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
• La UGAD solicitará al Departamento, Servicio o Unidad de la UCLM donde el mutualista preste servicio, el envío de escrito motivado en el que conste que tiene conocimiento del lugar y la forma en que se ha producido el accidente, indicando fecha y hora.
• De este escrito se dará cuenta al empleado interesado, quien podrá aportar, en su caso, los documentos y elementos de prueba que considere pertinentes.
• Considerando la anterior documentación, el Rector dictará una Resolución reconociendo que se trata de un accidente de trabajo y la remitirá a la UGAD.
• La UGAD remitirá a MUFACE el conjunto del expediente al que se ha hecho referencia, junto con el parte de accidente de trabajo en acto de servicio incluido en el Anexo a la Orden APU/3554/2005, de 7 de noviembre, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE.
SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y MEDIO AMBIENTE
Además de la habitual investigación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo y la Orden APU/3554/2005, en estos casos el SPMAUCLM colaborará con la UGAD en la cumplimentación del expediente de averiguación de causas, rellenado los datos necesarios del parte de accidente de trabajo en acto de servicio según el Anexo a la citada Orden
ASISTENCIA SANITARIA
En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la asistencia sanitaria dependerá de la gravedad del accidentado o enfermo, cuyo estado condicionará las actuaciones a poner en marcha en cada caso:
• Si la gravedad del accidente de trabajo o la enfermedad profesional lo permitiera, el empleado accidentado deberá recurrir al botiquín más próximo si se trata de una cura básica.
• Cuando la gravedad del accidente de trabajo o la enfermedad profesional lo requiera y no exista Servicio Médico o éste así lo recomiende, el empleado accidentado deberá acudir al centro asistencial de FREMAP/SOLIMAT más próximo al lugar del accidente, teniendo en cuenta la red de centros de dichas Mutuas y considerando, en particular, los centros de referencia más cercanos a los edificios de la UCLM. Si el accidente se produce fuera de las horas de consulta o se desconoce la ubicación del centro asistencial más cercano, llamar al teléfono 900 61 00 61 para recibir información sobre los servicios de FREMAP o al 900 111 072 en el caso de SOLIMAT, en cualquier lugar donde se requieran.
• Con independencia de todo lo expuesto, cuando la gravedad del accidente hiciera necesario el traslado urgente del afectado, podrá recurrirse al centro hospitalario más cercano, avisando inmediatamente a los Servicios de Emergencia de CLM (112).
TRAMITACIÓN
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL CENTRO ASISTENCIAL
Siempre que esto sea posible, se deberá acudir al centro asistencial de FREMAP/SOLIMAT provisto del DNI
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA UCLM
En el plazo de 72 horas, el accidentado o un tercero deberán hacer llegar a la UGAD de su campus la siguiente documentación:
• Parte médico de baja o parte médico de accidente sin baja.
• Parte médico de alta, cuando el accidentado cuente con él.
ACTUACIÓN DE LA UCLM
La UGAD remitirá la siguiente documentación a la Seguridad Social:
• Parte de accidente de trabajo, cumplimentado haciendo uso del sistema Delta de acuerdo a la información proporcionada por el SPMAUCLM y, en su caso, por el propio accidentado.
• Parte médico de baja.
• Parte médico de alta, cuyo envío a la Seguridad Social pondrá fin al proceso de baja laboral creado.
SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y MEDIO AMBIENTE
Investigará todos los daños para la salud, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridos que afecten al personal de la UCLM, contando para ello con la colaboración del propio empelado accidentado, testigos y demás personas implicadas para, de este modo, poner de manifiesto las posibles causas que los han provocado y adoptar las medidas oportunas que impidan su repetición. La investigación se llevará a cabo en estrecha colaboración con el personal médico en los casos de enfermedad profesional, debiendo llevarse a cabo un exhaustivo informe del asunto con la misma finalidad